
Tribuna de Manel Celma, vocal CTA COMISMAR por Freedom Sea Agencia de Suscripción
Como cada verano, nuestras costas se han convertido una vez más en un mosaico de embarcaciones, boyas, kayaks y un sinfín de artefactos náuticos que buscan un hueco en los bellos rincones que nos ofrecen nuestras costas.
El fondeo, práctica ancestral de refugio y disfrute, se ha visto transformado en un escaparate de ocio donde conviven lo tradicional y lo futurista.
La normativa distingue entre fondeos regulados –con boyas autorizadas y administradas por instituciones públicas o clubes náuticos– y fondeos libres, ubicados en rincones resguardados y atractivos. Pero la práctica demuestra que la frontera entre lo permitido y lo tolerado es demasiado difusa. A ello se suma la irrupción de los llamados toys, juguetes acuáticos que van desde bicicletas de agua hasta propulsores submarinos, pasando por espectaculares flyboards, e-foils o imponentes instalaciones hinchables, cual parque de atracciones flotante adosado a una embarcación. Un catálogo tan variado como costoso, pero no siempre acompañado de la responsabilidad que requiere.
No existe documentación respecto del número de artefactos de playa, como los define la Administración por lo que no es posible, al menos de momento, el estudio analítico de los mismos y su impacto.
La normativa existe, pero más centrada en lo definido como embarcaciones, los Toys son una asignatura pendiente dado al previsible el riesgo que entrañan.

La pregunta es inevitable: ¿estamos sabiendo gestionar esta convivencia en la mar?
El Real Decreto 1043/2003 ya estableció medidas de seguridad específicas para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados. Regula su ámbito de navegación, el equipamiento para su uso, las condiciones meteorológicas adecuadas y las distancias mínimas respecto a bañistas o zonas de baño y existen otras normativas de zona dictadas por distintas administraciones locales, autonómicas, etc. Es decir: no estamos ante un vacío legal. El problema radica en que estas disposiciones no llegan al usuario final, que a menudo desconoce las restricciones y asume que «todo vale» mientras haya agua de por medio.
En la náutica de recreo estamos acostumbrados a hablar del seguro obligatorio de embarcaciones, dictado en 1999, y que en breve verá su actualización legislativa, pero en este Real Decreto 607/1999, solo se regula la obligación derivada del «uso de las embarcaciones de recreo», definiendo la embarcación de recreo como «…los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros».
Parece crearse la duda de si entre los referidos «objetos flotantes destinados a la navegación» quedarían incluidos alguno de los comentados toys. Cierto es que legislaciones posteriores definen en sentido estricto se las embarcaciones de recreo como aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
En este segundo caso, que no deroga el anterior, no quedarían sujetas a seguro obligatorio los toys.
Pero, encontramos una disposición, dictada específicamente para un tipo de esos toys, las denominadas tablas deslizantes autopropulsadas.
El Real Decreto 1403/2003, vigente, sobre medidas de seguridad para la utilización de los artefactos náuticos autopropulsados, dispone que deberán estar asegurados en los términos previstos en el Real Decreto 607/1999 cuando se trate de artefactos de uso particular.
Al referirse al uso de alquiler, indica que deberán contar con un seguro de accidentes con los límites mínimos previstos en el Reglamento del seguro obligatorio de viajeros.
De la lectura de este Real Decreto, aparece una nueva duda si concluimos, como parece a primera lectura, que para el uso particular debe suscribir el seguro obligatorio de responsabilidad civil, mientras que para el uso de alquiler debe suscribirse un seguro de accidentes.
Bajo nuestro punto de vista, parece evidente, bajo la comparativa con el espíritu del resto de legislación relacionada con los seguros, las embarcaciones de recreo y las actividades náuticas, que todas aquellas de uso particular que tienen que tener su propia póliza de responsabilidad civil obligatoria, al pasarlas a uso de alquiler, con o sin tripulación, además, deben contar con un seguro de accidentes con los límites establecidos.
No tendría sentido pensar que para las tablas deslizantes a motor, para uso de alquiler, únicamente sea necesario el seguro de accidentes.

Parece evidente que en el artº 4 del Real Decreto 1043/2003 se debería haber incluido la palabra además, «… además deberán contar con un seguro de accidentes…» para clarificar lo que ahora crea duda pero que trasportado al resto de legislación unifica el criterio.
Ver:
- Real Decreto 607/1999
- Real Decreto 1435/2010
- Real Decreto 259/2002
- Instrucción de Servicio N°10/2019 sobre «Arrendamiento Náutico» DGMM
En nuestra modesta opinión las tablas deslizantes a motor para uso de alquiler y por tanto también de escuela, deben contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil, propio de cada tabla, a tenor de lo dispuesto en el RD 607/1999.
Más normas no garantizan más seguridad. Lo que necesitamos es unificación y claridad: un marco común, comprensible y accesible para todos los que se lanzan a la mar, desde el turista ocasional hasta el regatista experimentado. Pero sobre todo necesitamos educación. La mar, ese espacio de libertad, no puede convertirse en un parque temático sin reglas de convivencia.
No se trata de frenar la innovación ni de demonizar el ocio acuático, sino de recordar que la mar es un bien compartido, hostil, pero a la vez frágil y limitado. Difundir las normas ya existentes, como las del Decreto 1043/2003, fomentar la responsabilidad individual y cultivar el respeto entre usuarios son los pilares de un futuro en el que fondear signifique disfrutar, no poner en riesgo ni el entorno ni a las personas.
La mar necesita más conciencia.



